Legal Today, 20-02-2018 – I – Con carácter general, el art. 1301 del Código Civil establece que: “La acción de nulidad solo durará cuatro años. Este tiempo empezará a correr en los casos de error…, desde la consumación del contrato.”. Tradicionalmente se ha considerado en relación a dicho precepto (“Comentario del Código Civil”, Ministerio de…

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